lunes, 23 de abril de 2012

Placas Distintivos de los Establecimientos Turísticos en Canarias

En el exterior, junto a la entrada principal del establecimiento y en sitio muy visible, será obligatoria la exhibición de una placa-distintivo en la que figure el grupo al que pertenezca, según el modelo aprobado por la Consejería de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia turística, debiendo adaptar también su publicidad y propaganda.

Estos formatos y características de las placas-distintivos aparecen recogidos en el recientemente aprobado Decreto 50/2011, y al que pueden acceder en un post de este blog.

En él podrán ustedes consultar las dimensiones, materiales y diseño de estas placas distintivo. Las mismas serán encargadas y costeadas por cada establecimiento.

Les recordamos que el plazo transitorio establecido para cumplir con este requisito es de tres años. Por tanto, en julio de 2013 todos los establecimientos de restauración estarán obligados a exhibir las placas distintivas correspondientes a cada grupo.

Fuente: Hecansa

No hay comentarios:

Publicar un comentario